martes, 25 de noviembre de 2014

El 364. El consumo de drogas en instituciones educativas. Urgente

El 364

Estimados señores docentes, quizás se preguntan que significa "El 364", verdad. para eso estamos acá para darles a conocer se trata de un artículo de la Constitución, específicamente el número 364. Esperemos la hya leído, mejor dicho estamos convencidos lo ha hecho.

Los cambios científicos han demostrado y demuestran que el consumo de drogas es una enfermedad incurable, pues las adicciones en cuestión han mutado de tal forma que terminan con la vida de quién es  adicto al consumo de drogas, substancias sicotropicas o similares.

En efecto, la adición es un  problema  de  salud  pública, porque a más de ser una enfermedad es incurable, según los científicos, por dicha razón debe ser atendida por el Estado  en todas las dimensiones. Para ello debe dictar políticas de largo aliento.

Al respecto la legislación apoyada en evidencia científica valida consumos mínimos para el Adicto, lo cual no debe ser entendido como libertad de tenencia de las cantidades en cuestión, bajo ningún concepto.

Efectivamente, el listado de consumo mínimo tiene como fin orientar al juez, para que este previo informe médico determine, según el caso el correspondiente: juicio, detención o asilo hospitalario. Esta es la única función que han cumplido y deben cumplir los listados de consumo mínimo. La experiencia es mundial.

No criminalizar el consumo para los Adictos al consumo de drogas no debe ser entendido como libertad de tenencia mínima. Quien crea aquello está cometiendo un delito que los jueces están en obligación de juzgar.

Un hecho a destacar refiere a que la tenencia de drogas no ha sido despenalizada en Ecuador. El listado no legaliza la tenecia de drogas, creer lo contrario es un error.

Vale anotar que la siembra de marihuana, para fines terapeuticos, legalizada en ciertas naciones, tiene como fin atender al enfermo de adicción, pero no significa tener libertad para sembrar e invitar al consumo por ejemplo. Recordemos es un tema de salud pública más no una patente de corso para traficar. Insistimos no existe despenalización para la tenecia de drogas.

El tema es claro, preciso y conciso, el adicto debe ser atendido en un centro de salud, pero no tiene derecho a la libre tenencia de droga en cantidad alguna, pues corresponde al juez según las pericias médicas tomar la decisión constitucional.

Por lo dicho, llama la atención que existan quejas por presunta existencia de Adictos en instituciones educativas y que éstos no hayan sido derivados a los centros médicos tal cual corresponde y ordenan las leyes vigentes.

Adicional, corresponde al Estado  "desarrollar programas  coordinados  de  información,  prevención  y  control  del  consumo  de  alcohol,  tabaco  y sustancias  estupefacientes  y  psicotrópicas", por un lado;  por otro, "ofrecer  tratamiento  y  rehabilitación  a  los consumidores  ocasionales,  habituales  y  problemáticos", hecho que parece no se ha dado en las proporciones de la magnitud del problema adictivo que parece afecta al sector estudiantil.

Insistimos, la adición al consumo de drogas es una enfermedad incurable, por ello ningún caso  de adición debe  ser objeto de "criminalización" ni de "vulneración de  derechos constitucionales". Es decir, insinuar o suponer y creer que la tabla de consumo mínimo para Adictos es un permiso de tenencia mínima de drogas constituye un "error inexcusable" de parte de la autoridad que lo haga. Hacerlo constituye un crimen de lessa humanidad por decir lo menos.

Hora de asumir el reto relacionado con la construcción de políticas públicas que enfrenten una enfermedad incurable: la adición  a las drogas, por eso debemos empezar trasladando a los centros de salud a los estudiantes y menores Adictos. Eso toca hacer, porque esa es la obligación que señala la Ley y Constitución junto a varias recomendaciones de la OMS, entre otras instancias.

jueves, 20 de noviembre de 2014

Urgente. Becas

Estimado lector, pongo a su disposición la siguiente oportunidad de becas para estudiar diplomados on line con opción a maestría reconocida por una Universidad nacional.

La propuesta es un enorme esfuerzo por mejorar la calidad de talento humano existente en el país en especial en el tema de marketing y emprendimientos.

La propuesta nace al interior del CODECOB, organismo sin fines de lucro que tiene entre otros fines, gestar propuestas de emprendimeinto e innovación productiva como gerencial, para alcanzar el desarrollo humano productivo.

En caso de estar interesado en recibir información sobre el nuevo Diplomado sobre Responsabilidad Social Ambiental Corporativa que esta por iniciar, así como el respectivo formulario de inscripción, el cual deben llenar y enviar a  la siguiente dirección de correo: gavaconsa@hotmail.com o codecob@gmail.com, juntando la copia escaneada de su depósito por concepto de matrícula de $150.00, en la cuenta corriente No 0029404640 del Banco de Guayaquil a nombre de CODECOB.

El costo total del Diplomado es de $150.00, duración  ocho meses, modalidad 100% online, con tareas cada 15 días.
Inicio del Diplomado: Según la planificaciòn grupal.
Terminación: 13 de Agosto del 2015.
Esperamos la participación de docentes de gestión empresarial, como de otras areas,  empresas aliadas y otras organizaciones de la economía socioproductiva de Ecuador.

Las inquietudes hacerlas conocer.
Gracias

martes, 15 de abril de 2014

Distributivo de Trabajo Docente. Cuantificar necesidades docentes, según nueva malla


Distributivo Docente. Nuevas necesidades como cuantificar. Nueva Malla de Educacion General Básica


Nuevas necesidades docentes como cuantificar. Nueva malla de Educación General Básica 
Introducción
La nueva malla curricular a ser aplicada en la educación general básica (EGB), a partir del año lectivo 2014-2015, genera cambios radicales en la cultura organizacional educativa nacional, al tiempo de modificar las actividades tradicionales educativas desarrolladas hasta la fecha.
La antigua malla de la EGB, demandaba al docente la obligación de cumplir 30 horas clase efectiva, a las que podía añadir al menos 5 horas clase, generalmente de las denominadas áreas especiales, para completar un total de 35 horas semanales, por grado. Las horas en cuestión estaban a cargo de los denominados profesores especiales.
Tradicionalmente, en las escuelas en las que existían docentes especiales, por citar unos casos existían en las áreas de música, cultura física, computación, inglés, manualidades, dibujo, entre otras, los docentes de grado pese a tener la obligación de dictar las materias constantes en la malla vigente, mediante el Acuerdo Ministerial 306-12, no cumplían, en razón de que al docente especial le hacían cumplir las horas que legalmente les correspondía, según el citado Acuerdo.
Algunas fundamentaciones
No puede prohibirse lo que no existe, por tal razón, entre las debilidades de la malla anterior aparece el caso de que jamás se recreó ni creo diseño de currículo alguno, en las áreas especiales, basta citar que dentro de las 30 horas clase, el docente de grado, nos referimos a la básica inferior (primero a séptimo), tenía que asumir 2 horas dedicadas a áreas optativas, hecho que nunca sucedió. Igual, insistimos, ocurrió con el resto de materias optativas o de áreas especiales. Es decir, el principio de currículo flexible que planteaba la malla hasta hace poco vigente nunca fue optimizado y cumplido, en gran parte de casos, por los docentes.
Comparación con la Malla anterior
La nueva malla demanda un mayor grado de involucramiento del docente en el proceso enseñanza/aprendizaje, al tiempo de dar mayor prioridad e importancia al tema de los factores asociados al desempeño, entre ellos la recreación y los deportes, esto explica la inclusión de clubes y educación física con una carga horaria de 3 horas y 5 horas clase semanal efectiva, en su orden. 
Para el caso de la Educación Básica Inferior, o sea desde Primero de Básica hasta Séptimo, los docentes estaban obligados a dictar 30 horas clase efectiva, según la Malla que consta en el Cuadro No. 1. No obstante, por circunstancias que no forman parte del presente análisis, en varias Instituciones Educativas, los docentes no asumían ese número de horas, basados en el hecho, equivocado por cierto, de tener los docentes de áreas especiales, destacando: computación, cultura física, manualidades, dibujo, inglés y música. En efecto, pese a tener la obligación el docente de dictar materias como cultura física, música y dibujo como 2 horas de optativas, en varios casos no asumían, dando lugar a que el docente labore menos de las 30 horas semanales clase efectiva, lo más grave nunca hubo una propuesta curricular de dichas áreas.
En el contexto anotado, las necesidades en una hipotética escuela de 7 salones que oferta educación de primero a séptimo grados de educación básica, suman 7: 1 docente parvulario y 6 docentes de segundo a séptimo grado de educación básica. Docentes de áreas especiales no era obligatorio asignar, empero según ciertas particularidades era asignados docentes de dichas áreas a varias escuelas, los que por la carga horaria de 30 horas tenían que completas en 1 o más escuelas. 
Por ejemplo, en el caso que nos ocupa, debería, en caso de existir, ser asignados 2 docentes que laboran 12 horas semanales cada uno, es decir 2 horas por grado, a los que se suma un  tercer docente con una hora por grado, para sumar 7 (recuerden no podía superar 5 horas semanales: 4 horas los 2 docentes más 1 que asume el tercer docente), no era obligatorio asignar horas especiales a primero de básica, tal cual explicamos en el cuadro siguiente:
Escuela x
Docentes Especiales
No.
Docentes
Grados
Horas docente de grado
Cultura física
Computación
Música
1
XXXXX
PRIMERO
30
2
2
1
2
ZZZZZ
SEGUNDO
30
2
2
1
3
CCCCC
TERCERO
30
2
2
1
4
VVVVV
CUARTO
30
2
2
1
5
HHHHH
QUINTO
30
2
2
1
6
UUUUU
SEXTO
30
2
2
1
7
IIIIIIIIIIII
SEPTIMO
30
2
2
1
Areas especiales
Docentes especiales (subtotal horas)
14
14
7
Completa en otra(s) institución(es)
16
16
23
Unicamente, para efectos de explicación, proponemos horas clase especiales desde primero de básica, además en las 30 horas de los docentes de grado, están incluidas materias tales como: cultura física, música y dibujo, por citar unos pocos ejemplos, insistimos una vez completadas las 30 horas clase semanal del docente debían sumar hasta 5 horas clase señales con las áreas especiales. La distribución se realiza en base al Acuerdo Ministerial No. 306-11 (Cuadro No. 1).
Cuadro No. 1
Malla Curricular de la Educación General Básica
Vigente hasta febrero de 2014
Educación General Básica Inferior vigente hasta el año lectivo 2013-2014
ASIGNATURAS
GRADO
Lengua y Literatura

12
12
9
9
9
9
Matemática
8
8
7
7
7
7
Entorno Natural y Social
5
5




Ciencias Naturales


5
5
5
5
Estudios Sociales


4
4
4
4
Educación Estética
3
3
3
3
3
3
Optativas
2
2
2
2
2
2
Total horas semanales docente de grado (a)
30
30
30
30
30
30
30
A cargo del docente de grado (Art. 117 LOEI)
Areas especiales
Según el Acuerdo No. 306-11, previa existencia de recursos, podían ser dedicadas a horas de recuperación pedagógica o a las áreas de computación, inglés, entre otras.
5
5
5
5
5
5
5
Total horas semanales estudiante (a+b)
35
35
35
35
35
35
35









Fuente: Acuerdo Ministerial No. 306-11
Elaboración: El autor
Para el caso de Básica Superior, los docentes laboraban por áreas específicas, existiendo las horas optativas, 2 semanales, para completar 35 (Cuadro No. 2).
Cuadro No. 2
Malla Curricular de la Educación General Básica
Vigente hasta febrero de 2014
Malla Educación Básica Superior
ASIGNATURAS
GRADO
10º
Lengua y Literatura
6
6
6
Matemática
6
6
6
Ciencias Naturales
6
6
6
Estudios Sociales
5
5
5
Educación Estética
3
3
3
Optativas (opciones prácticas)
2
2
2
Lengua Extranjera
5
5
5
Educación Física
2
2
2
Total
35
35
35
Fuente: Acuerdo Ministerial No. 306-11
Elaboración: El autor
Las necesidades en el modelo actual: Nueva malla curricular vigente
Insistimos con la vigencia de la nueva malla curricular (Acuerdo Ministerial 0041-14), aparecen como pivote, los factores asociados al desempeño, relacionados con un cambio en la cultura docente/académica/institucional, en razón de dar mayor espacio a factores de desempeño como la creatividad e investigación como creación de espacios de diálogo, nos referimos a clubes y cultura física (por favor visite el espacio dedicado a clubes en este blog).
Las necesidades docentes en la escuela tipo que hemos analizado con la malla antigua, difieren con la vigencia de la nueva malla curricular de la educación básica, así la escuela de 7 grados (primero a séptimo), demanda 7 docentes de grados: 1 docente parvulario, 6 docentes de educación básica, para atender segundo a séptimo de educación básica. A los docentes anotados, debe sumarse un docente de cultura física, es decir la necesidad docente de la escuela en análisis suma 8, no existe espacio para docentes de otras áreas, excepto inglés, siempre y cuando tenga calificación B2, presente el currículo y se someta a las evaluaciones que propone el Ministerio de Educación (Cuadro No. 3).
Cuadro No. 3
Malla Curricular de la Educación General Básica
Vigente desde marzo de 2014
Educación General Básica Inferior
ASIGNATURAS
GRADO
Lengua y Literatura
25
12
12
9
9
9
9
Matemática
8
8
7
7
7
7
Entorno Natural y Social
5
5




Ciencias Naturales


5
5
5
5
Estudios Sociales


4
4
4
4
Educación Estética
2
2
2
2
2
2
2
Clubes
3
3
3
3
3
3
3
Total horas semanales docente de grado (a)
30
30
30
30
30
30
30
A cargo del docente de grado (Art. 117 LOEI)
Lengua Extranjera
Puede ser un club, pero a cargo de un docente con calificación B2, certificado bajo los estándares del Marco Común Europeo, además  debe haber currículo, al  tiempo de ajustarse a las evaluaciones que para el efecto señale el Ministerio de Educación,  empero el idioma inglés será  obligatorio a partir del año lectivo venidero.
Educación Física (b)
5
5
5
5
5
5
5
Total horas semanales estudiante (a+b)
35
35
35
35
35
35
35
Fuente: Acuerdo Ministerial 0041-14
Elaboración: El autor
Recuerde amable lector, no puede asignar docentes única y exclusivamente a clubes, también debe tener en cuenta que las normas legales vigentes, señalan la existencia del título o formación universitaria relacionada, para el ejercicio de la docencia. Recuerde que al asignar de forma exclusiva docentes a clubes a más de violentar las normas vigentes, usted deja en indefección a los docentes asignados, puesto que no podrán enfrentar el proceso de evaluación, por ejemplo. 
Estimado lector, los directivos, según el caso deben tener, sea salón a cargo o 4 horas de clase efectiva a la semana, hecho que deben cumplir, puesto que tiene que algún momento ser evaluados, hoy por hoy ese proceso a cargo del INEVAL.
Para el caso de Educación Básica Superior, los cambios igualmente son radicales, por ejemplo desaparecen las materias de opciones prácticas u optativas. Aparecen los clubes que deben estar a cargo de los docentes de las diferentes áreas. No obstante, existe una reducción de la carga horaria de ciencias naturales, estudios sociales y cultura estética, en 2, 1 y 1 horas en su orden, por tal razón el ajuste empieza por dichas áreas. 
Por ejemplo, en un hipotético caso de existir 7 salones de clase (octavo, noveno y décimo), el docente de ciencias naturales o estudios sociales debe asumir 7 salones, para sumar 28 horas clase efectiva a las que debe sumar 3 horas de clubes, para completar 31 horas clase. No existe posibilidad de planificar docentes con más de 3 horas asignadas a clubes (Cuadro No. 4).
Cuadro No. 4
Malla Curricular de la Educación General Básica
Vigente desde marzo de 2014
Malla Educación Básica Superior
ASIGNATURAS
GRADO
10º
Lengua y Literatura
6
6
6
Matemática
6
6
6
Ciencias Naturales
6
6
6
Estudios Sociales
5
5
5
Educación Estética
3
3
3
Optativas (opciones prácticas)
2
2
2
Lengua Extranjera
5
5
5
Educación Física
2
2
2
Total
35
35
35
Fuente: Acuerdo Ministerial 0041-14
Elaboración: El autor
Resumiendo el caso de Básica Superior, para ciencias naturales, tenemos:
Docente
AREA
HORAS
GRADOS
XXXXXX
CIENCIAS NATURALES
4
8VO.
XXXXXX
CIENCIAS NATURALES
4
8VO.
XXXXXX
CIENCIAS NATURALES
4
8VO.
XXXXXX
CIENCIAS NATURALES
4
9VO.
XXXXXX
CIENCIAS NATURALES
4
9VO.
XXXXXX
CIENCIAS NATURALES
4
9VO.
XXXXXX
CIENCIAS NATURALES
4
10VO.
XXXXXX
CLUBES
3
10VO.
TOTAL

31

No es correcto lo siguiente:
Docente
AREA
HORAS
GRADOS
XXXXXX
CIENCIAS NATURALES
4
8VO.
XXXXXX
CIENCIAS NATURALES
4
8VO.
XXXXXX
CIENCIAS NATURALES
4
8VO.
XXXXXX
CIENCIAS NATURALES
4
9VO.
XXXXXX
CLUBES
3
9VO.
XXXXXX
CLUBES
3
9VO.
XXXXXX
CLUBES
3
10VO.
XXXXXX
CLUBES
3
10VO.
XXXXXX
CULTLURA ESTETICA
2
8VO.
TOTAL



En la espera de haber podido colaborar en la socialización del tema de aplicación de nueva malla curricular, ratificamos nuestro compromiso de responder las inquietudes y sugerencias al respecto.
Ejemplos de elaboración de Distributivo de Trabajo Docente
Antes que nada debemos considerar, un Distributivo de Trabajo Docente tiene, trasversalmente implícito y explicito, como objetivo la mejora constante y continua de la calidad de la educación. Un Distributivo de Trabajo Docente, al ser elaborado, desde el diseño debe estar pensado en los estudiantes y los fines constitucionales de la educación. Por tanto, siendo el Distributivo de Trabajo Docente, un instrumento de cuantificación tanto del número de necesidades docentes como de los perfiles y competencias de éstos, debe ser diseñado, elaborado, planificado y ejecutado, siempre, insistimos, desde los objetivos nacionales de la educación y aquellos que orientan al PEI.
La malla para la educación general básica (EGB), vigente a la fecha, demanda cambios profundos y estructurales en la gestión educativa y pedagógica docente nacional.
La implementación de la nueva malla, corresponde a los docentes y ante todo a los directivos de las Instituciones Educativas (IE), para lo cual, el directivo por medio del Consejo Ejecutivo nombra la Comisión de Distributivo de Trabajo Docente, misma que estará formada por docentes de la IE, al margen de su relación laboral (nombramiento o contrato). En el nombramiento de los miembros de la Comisión de Distributivo de Trabajo, deben considerar el artículo 232 de la Constitución vigente.
La Comisión en cuestión elaborará el Distributivo de Trabajo, respetando la malla curricular e incluyendo a los docentes según  perfiles. 
Empecemos:
Proponemos una escuela hipotética de 14 salones en la que se imparte los siete grados de EGB, o sea primero a séptimo.
Una propuesta, bien puede ser la siguiente:
Escuela de Educación Básica Alegría
Año lectivo 2014-2015
Docentes
Relación laboral
Grado
Paralelo
Horas clase efectiva
Cultura Física
Apellidos y nombres
Nombramiento
Contrato
AAAA
v
Primero
A
30
5
BBBB
v
Primero
B
30
5
CCCC
v
Segundo
A
30
5
DDDD
v
Segundo
B
30
5
EEEE
v
Tercero
A
30
5
FFFF
v
Tercero
B
30
5
TTTT
v
Cuarto
A
30
5
YYYY
v
Cuarto
B
30
5
UUUU
v
Quinto
A
30
5
WWWW
v
Quinto
B
30
5
OOOO
v
Sexto
A
30
5
KKKK
v
Sexto
B
30
5
VVVV
v
Séptimo
A
30
5
ZZZZ
v
Séptimo
B
30

Director ( e )
v
Séptimo
B
5
KKKKKKK
INFORMÁTICA
Ver modelo de informe
0
SSSSSSSS
MANUALIDADES
Ver modelo de informe
0
QQQQQQ
INGLES
Ver modelo de informe
0
Total
10
4
14
14
Presidente de la Comisión                                Vocal de Comisión
Secretaría/vocal de la Comisión
Informe de la Comisión de Distributivo de Trabajo docente de la Escuela de Educación Básica Alegría 
Señor miembros del Consejo Ejecutivo, previa designación como miembros de la Comisión de Distributivo de Trabajo, procedemos a entregar el Distributivo en cuestión, señalando las siguientes recomendaciones:
1.     La escuela posee 14 salones, este hecho permite planificar 2 paralelos por grado. Estamos ante una oportunidad que brindan las instalaciones físicas.
2.       El Plantel demanda 14 docentes de grado: 2 parvularios a los que debemos sumar 12 docentes de segundo a séptimo.
3.       A las necesidades señaladas deben añadirse 2 docentes de cultura física, para cumplir la nueva malla curricular vigente, las necesidades en cuestión deberán ser gestionadas por el señor Director en el Distrito, siempre respetando perfiles y el presente Informe. 
4.       El personal docente necesario, para el actual año lectivo suma: 17, 14 docentes de grado, 2 docentes de cultura física y un Director que toma al menos 5 horas clase efectiva, según normas vigentes, proponemos sean 5 de Cultura Física, en razón de que el señor Director poseen una licenciatura en educación básica, por un lado; por otro, para bajar la sobrecarga horaria a uno de los docentes de cultura física.
5.       A la fecha existen en el Plantel 11 docentes con nombramiento: 2 parvularios y 9 docentes de segundo a séptimo (incluimos al señor Director), por tanto en el evento de asignación de docentes de nombramiento al Plantel, únicamente deberán ser recibidos aquellos que son necesarios, es decir 4 docentes de segundo a séptimo más dos docentes de cultura física.
6.       Lamentamos comunicar que los docentes de manualidades e informática, no tienen carga horaria, por dicha razón están en exceso docente (Pueden darse tres posibilidades: primera, los dos docentes son de contrato, en cuyo caso no existe alternativa de ubicación interna; segundo, uno de los docentes posee nombramiento, situación que obliga a que el docente de nombramiento sea reubicado en grado, toca declarar en exceso un docente de  contrato, siempre respetando el tema de recién llegado, primer declarado en exceso; tercero, los dos docentes tienen nombramiento, en cuyo caso actuamos como en el segundo caso, pero ubicando a los dos en grado y declarando 2 docentes de contrato en exceso. Vale la pena anotar que en todos los casos las necesidades de contrato se reducen).
7.       En el caso de la docente de inglés, revisados los acuerdos referidos a la malla vigente, la Comisión llega a la conclusión que no cumple con el perfil y requisitos que señalan las normas vigentes, esto es poseer la certificación B2.
 Lo señalado, es todo cuanto podemos comunicar e informar.
La Comisión hace votos por la mejora de la educación y se compromete a trabajar en conjunto para alcanzar los estándares de calidad vigentes.
--------------------------------                                                                                   ---------------------
Presidente de la Comisión                                                                               Vocal de Comisión
--------------------------------------
Secretaría/vocal de la Comisión
En la línea del caso que estamos analizando también puede ser presentado el siguiente modelo de Distributivo de Trabajo:
Escuela de Educación Básica Alegría
Año lectivo 2014-2015
Docentes
Relación laboral
Grado
Paralelo
Lengua y literatura
Matemáticas
Entorno Social
Ciencias naturales
Estudios sociales
Educación estética
Clubes
Total horas docente de grado
NN1
NN2
Apellidos y nombres
Nombramiento
Contrato
Cultura Física
Cultura Física
AAAA
v
Primero
A
25
2
3
30
5
BBBB
v
Primero
B
25
2
3
30
5
CCCC
v
Segundo
A
12
8
5
2
3
30
5
DDDD
v
Segundo
B
12
8
5
2
3
30
5
EEEE
v
Tercero
A
12
8
5
2
3
30
5
FFFF
v
Tercero
B
12
8
5
2
3
30
5
TTTT
v
Cuarto
A
9
7
5
4
2
3
30
5
YYYY
v
Cuarto
B
9
7
5
4
2
3
30
5
UUUU
v
Quinto
A
9
7
5
4
2
3
30
5
WWWW
v
Quinto
B
9
7
5
4
2
3
30
5
OOOO
v
Sexto
A
9
7
5
4
2
3
30
5
KKKK
v
Sexto
B
9
7
5
4
2
3
30
5
VVVV
v
Séptimo
A
9
7
5
4
2
3
30
5
ZZZZ
v
Séptimo
B
9
7
5
4
2
3
30
Total
10
4
14
14
Director
Séptimo
B
5
Note estimado lector, las necesidades docentes no varían, siguen siendo las mismas. En este nuevo modelo puede usted ver y comprobar cada docente labora 30 horas clase efectiva. También debe considerar que, en el caso, no consentido, de pretender asignar horas clase de cultura estética a un docente adicional, sea por mantenerlo o no declarar en exceso o no reubicar a grado, los docentes de grado automáticamente incumplen el artículo 117 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI).